
Cómo pedir la extinción del contrato laboral según el Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores
Índice de contenido
Introducción: mi experiencia como abogada laboralista con el artículo 50 ET
Como abogada laboralista con más de siete años defendiendo los derechos de trabajadores, he visto de cerca el poder de pedir la extinción del contrato laboral cuando la empresa incurre en incumplimientos graves. A lo largo de mi carrera, he acompañado a decenas de profesionales que, al decidir pedir la extinción del contrato laboral, descubrieron una “puerta de salida digna” para cerrar su relación laboral con indemnización y acceso a la prestación por desempleo.
En mi despacho, repasamos cada detalle: desde la cuantía de la indemnización (33 días/año, o 45 días/año para antigüedades anteriores al 12-02-2012) hasta la necesidad de sentencia firme para consolidar la extinción. Por eso, cada vez que un cliente se plantea pedir la extinción del contrato laboral, elaboramos un plan de pruebas sólido, tal y como exige la jurisprudencia más reciente, como la STS 149/2024, que requiere un retraso de 3–4 meses para considerar grave el impago.
He comprobado que, para pedir la extinción del contrato laboral con garantías, no basta con una reclamación verbal; es imprescindible preparar la demanda como si de un despido improcedente se tratara. En esta guía, te explicaré paso a paso cómo pedir la extinción del contrato laboral, integrando ejemplos reales de mis casos y aclarando cada matiz para que, si decides optar por esta vía, lo hagas con la máxima seguridad y respaldo legal.

¿Qué permite el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores?
El artículo 50 ET constituye el pilar legal que faculta al trabajador a pedir la extinción del contrato laboral cuando la empresa incurre en un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales o legales. Como abogada laboralista, siempre insisto en que quien decide pedir la extinción del contrato laboral debe entender a fondo las ventajas y los efectos de este mecanismo, que está a tu disposición como si fuera un “despido improcedente provocado por la propia empresa”.
2.1 Naturaleza jurídica y efectos inmediatos
Cuando un trabajador opta por pedir la extinción del contrato laboral amparado en el art. 50 ET, está ejerciendo una acción resolutoria del contrato por mutuo, pero de efecto unilateral. A diferencia de la dimisión voluntaria, pedir la extinción del contrato laboral bajo este artículo:
- Causa la baja inmediata en la Seguridad Social a partir de la fecha de sentencia firme.
- Equivale, a efectos indemnizatorios, a un despido improcedente, sin que la empresa pueda alegar despido disciplinario ni procedente.
- Permite al trabajador reclamar la indemnización correspondiente y solicitar la prestación por desempleo como si hubiera sido despedido sin causa.
2.2 Indemnización de despido improcedente
La razón de ser de pedir la extinción del contrato laboral radica en obtener una indemnización equiparable a la del despido improcedente:
- 33 días de salario por año trabajado, prorrateados por meses, con un tope máximo de 24 mensualidades.
- Tramos anteriores al 12 de febrero de 2012: para las personas cuya antigüedad en la empresa venía de antes de esa fecha, el cálculo sube a 45 días de salario por año trabajado, con un límite de 42 mensualidades.
- El cómputo exacto exige trasladar al juez el histórico de tus años de servicio y la fecha de antigüedad para que, al pedir la extinción del contrato laboral, se aplique la tabla de indemnización correcta según el tramo temporal.
Por ejemplo, si llevas 10 años en la empresa y tu antigüedad es posterior a febrero de 2012, al pedir la extinción del contrato laboral podrás aspirar a una indemnización de 330 días de salario (33 × 10). Si, en cambio, tu inicio de contrato fue anterior a febrero de 2012, la misma antigüedad te reportaría hasta 450 días de salario (45 × 10), siempre sin superar el tope legal.
2.3 Derecho a la prestación por desempleo
Uno de los mayores beneficios al pedir la extinción del contrato laboral es que la ley considera tu cese como involuntario. Esto significa que:
- Mantienes pleno derecho al paro, con independencia de la causa del incumplimiento empresarial.
- Para acceder a la prestación, solo necesitas haber cotizado el tiempo mínimo exigido (generalmente 360 días en los últimos seis años).
- El hecho de pedir la extinción del contrato laboral no interfiere con la solicitud del subsidio por desempleo, siempre que cumplas los requisitos comunes (inscripción como demandante y búsqueda activa de empleo).
En mi práctica, recalco a los clientes que no pierden ni un día de paro por elegir esta vía, y que, de hecho, muchas personas que van a pedir la extinción del contrato laboral desconocen que conservarán el subsidio por desempleo intacto.
2.4 Salarios de tramitación y otros conceptos reclamables
Cuando elaboro la demanda para pedir la extinción del contrato laboral, evalúo también si procede incluir:
- Salarios de tramitación: normalmente no aplicables salvo en supuestos de nulidad, pero útiles cuando hay discriminación por razón de sexo, ideológica o de salud.
- Vacaciones no disfrutadas y pagas extras devengadas: aunque el foco principal es la indemnización, conviene reclamar cualquier cantidad pendiente.
- Costas procesales: al obtener una resolución favorable por extinción improcedente, es posible solicitar que la empresa asuma los gastos judiciales.
2.5 Compatibilidad con FOGASA y garantías adicionales
En los casos en que la empresa sea insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) actúa como garantía suplementaria. Si decides pedir la extinción del contrato laboral y la compañía no puede abonar la indemnización:
- FOGASA cubre hasta 30 días de salario por año trabajado (con un tope de 12 mensualidades) de las cantidades que la empresa no liquide.
- Esta cobertura refuerza la seguridad de quienes optan por pedir la extinción del contrato laboral, pues mitiga el riesgo de impago total de la indemnización.
2.6 Recomendaciones clave al plantear la extinción
Para maximizar las ventajas de pedir la extinción del contrato laboral, sugiero a mis clientes:
- Planificar el calendario: coordinar el envío del burofax y la solicitud de conciliación para reducir plazos.
- Documentar con rigor: cada comunicación, retraso o modificación ha de constar por escrito antes de pedir la extinción del contrato laboral.
- Verificar antigüedad y salarial: asegurarse de que todos los periodos cotizados estén acreditados para calcular la indemnización completa.
- Asesorarse adecuadamente: contar con una abogada laboralista para redactar la demanda de extinción y evitar errores formales que puedan dilatar o rechazar tu petición.
En definitiva, pedir la extinción del contrato laboral amparado en el art. 50 ET es una estrategia que conviene dominar por completo antes de iniciar el proceso. Conocer cada uno de sus efectos —indemnización, paro, salarios de tramitación y cobertura de FOGASA— resulta esencial para tomar la decisión con total seguridad y conseguir que el juez reconozca tu derecho a una “salida digna” tras el incumplimiento empresarial.

Causas que habilitan la extinción del contrato
Para pedir la extinción del contrato laboral es imprescindible acreditar que la empresa ha incurrido en incumplimientos graves y continuados. A lo largo de mi trayectoria como abogada laboralista, he identificado y trabajado principalmente con cinco grupos de causas que legitiman esta acción: impagos, modificaciones sustanciales, riesgos para la salud, falta de ocupación efectiva y vulneraciones de derechos esenciales. A continuación desarrollo cada una con detalle, para que puedas valorar si se dan en tu caso antes de decidir pedir la extinción del contrato laboral.
3.1 Impago o retrasos continuados de salario
El impago de nóminas o los retrasos repetidos son, con frecuencia, el motivo más claro para pedir la extinción del contrato laboral. La jurisprudencia exige demostrar un “retraso relevante” que, según la STS 149/2024, suele situarse en un mínimo de tres o cuatro mensualidades impagadas. Sin embargo, hay Audiencias Provinciales que han aceptado como suficientes dos mensualidades acumuladas, siempre que el trabajador pruebe la falta de respuesta de la empresa ante sus reclamaciones.
¿Qué hacer para fundamentar tu petición de extinción?
- Reunir nóminas impagadas: guarda originales y copias de las nóminas cuyo pago se ha demorado.
- Documentar comunicaciones: emails, WhatsApps o burofaxes donde reclames el abono. Cuanto más fehaciente sea el requerimiento, más fuerza tendrá tu demanda al pedir la extinción del contrato laboral.
- Registrar la ausencia de pago: un extracto bancario donde se compruebe la ausencia de ingreso en las fechas pactadas refuerza la prueba.
En uno de mis últimos casos, mi clienta acumuló cinco nóminas sin cobrar y, tras enviar dos burofaxes sin respuesta, pudo pedir la extinción del contrato laboral con facilidad. El juez valoró la reiteración del impago y la falta de subsanación como incumplimientos graves.
3.2 Modificaciones sustanciales unilaterales
El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores establece el procedimiento que la empresa debe seguir para cambiar condiciones esenciales (jornada, horario, salario, sistema de trabajo). Si la compañía implementa una bajada de salario, recorte de jornada o traslado de centro sin notificarlo con 15 días de antelación y sin justificación, se abre la puerta a pedir la extinción del contrato laboral.
Elementos a acreditar:
- Notificación defectuosa: demuestra que no recibiste la carta explicativa ni se siguió el trámite legal.
- Desproporción de la medida: si la reducción salarial supera el 10 % de tu salario habitual, la Audiencia Nacional y varios TSJ la consideran “modificación grave”.
- Perjuicio real: testimonios de compañeros o informes de recursos humanos que avalen la afectación a tu puesto.
Al representarlos, he visto cómo trabajadores obligados a aceptar una jornada partida en lugar de continua optaron por pedir la extinción del contrato laboral y recuperaron la indemnización de despido improcedente, en lugar de resignarse a una modificación abusiva.
3.3 Incumplimientos de seguridad y salud
Cuando la empresa vulnera normas de prevención de riesgos o mantiene en el centro de trabajo condiciones que atentan contra la integridad física o psíquica, el trabajador puede pedir la extinción del contrato laboral alegando un incumplimiento grave de la obligación de seguridad (art. 4.2 ET).
Supuestos frecuentes:
- Falta de equipos de protección individual (EPIs) en sectores de alto riesgo.
- Exposición continuada a sustancias tóxicas sin medidas de control.
- Horarios excesivos que impiden el descanso mínimo legal (art. 37 ET).
En una ocasión defendí a un empleado de mantenimiento que sufrió varios accidentes leves por no disponer de EPIs adecuados. Tras requerir formalmente a la empresa y no obtener respuesta, optó por pedir la extinción del contrato laboral. El Juzgado reconoció la falta de prevención como causa suficiente para equiparar la extinción a un despido improcedente.
3.4 Falta de ocupación efectiva
Dejar a un trabajador “sin tareas” de forma continuada, con la mera intención de forzar su salida, constituye un incumplimiento grave. Si tu empresa te asigna labores residuales o te deja en un limbo sin funciones, puedes decidir pedir la extinción del contrato laboral por falta de ocupación efectiva.
Claves para documentar esta causa:
- Correos internos donde se confirme la ausencia de asignación de tareas.
- Testimonios de compañeros y mandos: una declaración firmada puede acreditar la inactividad impuesta.
- Registro de entradas y salidas: si, pese a fichar, no realizas ninguna función, se demuestra el vacío laboral.
Mi recomendación como abogada es actuar con prudencia: tras recabar estas pruebas, conviene enviar un burofax advirtiendo que, de no reasignar funciones, vas a pedir la extinción del contrato laboral. Esa comunicación previa refuerza tu buena fe y anticipa la demanda.
3.5 Retirada de derechos esenciales pactados
El teletrabajo, los permisos de conciliación o las retribuciones variables forman parte del contenido esencial de muchos contratos. Si la empresa retira unilateralmente el teletrabajo acordado o suprime un plus de productividad, el trabajador puede pedir la extinción del contrato laboral por vulneración del pacto contractual.
Aspectos a probar:
- Contrato o acuerdo escrito donde conste el derecho (por ejemplo, anexos de tiempo de trabajo).
- Correos o reuniones donde se negoció y aceptó el teletrabajo, los PLUS o los incentivos.
- Impacto real: cómo te ha afectado la supresión de la medida (horarios rígidos, aumento de costes de transporte, pérdida de conciliación).
En mi experiencia, la retirada del teletrabajo ha sido una de las causas más rápidas para que un juez reconozca la extinción: basta demostrar que se trataba de un elemento sustancial del contrato, y podrás pedir la extinción del contrato laboral con éxito.
3.6 Otros incumplimientos muy graves
Además de los supuestos anteriores, existen incumplimientos que, según la doctrina, resultan especialmente graves y legitiman pedir la extinción del contrato laboral:
- Vulneración de la dignidad: acoso laboral o sexual que la empresa no frene.
- Discriminación: por sexo, raza, orientación sexual o discapacidad, sin mediación ni corrección.
- Incumplimiento de convenios colectivos: aplicación parcial de tablas salariales o categorías profesionales contrarias al convenio.
He asesorado a trabajadores que sufrieron acoso sin respuesta de RR. HH. y, tras agotar la vía interna, optaron por pedir la extinción del contrato laboral. El tribunal valoró la inacción de la empresa y equiparó la extinción a despido improcedente.
En cualquiera de estos escenarios, pedir la extinción del contrato laboral exige preparar el caso con detalle: prueba documental, testifical y un burofax previo que demuestre tu voluntad de resolver el conflicto antes de acudir a los tribunales. Si reúnes indicios sólidos —impago, modificación no negociada, riesgos para la salud, falta de ocupación, o retirada de derechos esenciales—, podrás plantear con garantías tu demanda de extinción y conseguir una indemnización acorde a la gravedad del incumplimiento empresarial.

Pasos previos antes de interponer la demanda
Antes de pedir la extinción del contrato laboral, conviene seguir una hoja de ruta clara y rigurosa. Cada uno de estos pasos refuerza tu reclamación y demuestra ante el Juzgado de lo Social que has actuado con buena fe y solvencia probatoria. A continuación, amplío los tres hitos fundamentales para preparar tu demanda de extinción:
4.1 Recopilar pruebas
El primer paso para pedir la extinción del contrato laboral es agrupar toda la documentación que demuestre el incumplimiento grave de la empresa. Sin un dossier bien organizado, tu demanda perderá fuerza y riesgo de desestimación aumenta considerablemente.
- Documentación salarial
- Nóminas impagadas: conserva originales y copias de cada mes atrasado.
- Extractos bancarios: certifica la ausencia de ingresos en la fecha pactada.
- Avisos de pago: si tu contrato o convenio obliga a recibir un recibo, inclúyelos.
- Comunicación con la empresa
- Correos electrónicos: guarda hilos enteros donde reclames por escrito el pago o la corrección de la condición.
- WhatsApps o SMS: si notificaste retrasos o cambios vía mensajería, realiza capturas fechadas.
- Burofaxes previos: aunque veremos esto en el siguiente apartado, cualquier acuse de recibo vale como antecedente.
- Informe de Inspección de Trabajo
- Si la Inspección intervino (por ejemplo, tras tu denuncia de falta de EPIs), incorpora el acta o requerimiento oficial.
- Estos informes acreditan incumplimientos en materia de prevención y refuerzan tu argumento al pedir la extinción del contrato laboral.
- Testigos y declaraciones
- Recaba la firma de compañeros que puedan testificar sobre retrasos de nómina, cambios de jornada o ausencia de tareas.
- Es útil preparar un escrito de manifestaciones, fechado y firmado, donde el testigo describa los hechos con detalle.
- Otras evidencias
- Fotografías de condiciones inseguras.
- Contratos o anexos donde figuren las condiciones modificadas unilateralmente.
- Cualquier documento interno (circulares, notas de RR. HH.) que demuestre la política de la empresa.
Importante: mantén un índice de tu expediente probatorio y numera cada prueba. Al pedir la extinción del contrato laboral, tu demanda deberá referirse expresamente a esos documentos para que el Juzgado identifique cada elemento con facilidad.
4.2 Requerimiento fehaciente
Una vez agrupadas las pruebas, el siguiente paso para preparar tu demanda y pedir la extinción del contrato laboral es notificar a la empresa, con carácter fehaciente, el incumplimiento y tu voluntad de resolver el conflicto.
- Forma del requerimiento
- Burofax: el método preferido. Permite acreditar fecha de envío y recepción.
- Email certificado: alternativa telemática con valor documental (por ejemplo, a través del Colegio de Abogados).
- Contenido mínimo obligatorio
- Identificación del trabajador y de la empresa (nombre, CIF, domicilio).
- Descripción precisa de los hechos: meses adeudados, cambio de jornada, falta de EPIs…
- Fundamento legal: invocar el artículo 50 ET para pedir la extinción del contrato laboral.
- Plazo razonable de subsanación (10–15 días hábiles).
- Advertencia de que, de no corregirse el incumplimiento, iniciarás la acción judicial de extinción.
- Registro y archivo
- Conserva el acuse de recibo o la notificación de lectura.
- Incluye una copia en tu expediente probatorio con la fecha visible.
Consejo de abogada: redacta el burofax de forma clara y concisa, sin ambigüedades. Al hacer referencia a tu intención de pedir la extinción del contrato laboral, dejas constancia de tu buena fe y de que has ofrecido a la empresa la oportunidad de subsanar el incumplimiento antes de acudir a los tribunales.
4.3 Conciliación previa (SMAC)
Antes de interponer la demanda de extinción, la ley exige un intento de conciliación previa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC – Madrid), si estás en Islas Canarias deberías contactar con el SEMAC. Esta fase es ineludible para pedir la extinción del contrato laboral y puede evitarte tiempo y costes si alcanza un acuerdo.
- Plazo de presentación
- Debes presentar tu papeleta de conciliación en un plazo máximo de 20 días hábiles desde el primer incumplimiento relevante (por ejemplo, el primer mes impagado).
- El plazo varía según la comunidad autónoma; consulta el calendario local para no agotar el tiempo.
- Contenido de la papeleta
- Datos del trabajador y de la empresa.
- Hechos que motivan la extinción (impago, modificación, riesgo para la salud).
- Petición: extinción del contrato con indemnización de despido improcedente y, si procede, salarios de trámite.
- Relación de pruebas que aportarás en el juicio.
- Acto de conciliación
- Se convoca a las partes a una sesión (presencial o telemática).
- La empresa puede acudir o excusarse; si no comparece, el secretario levantará acta de no conciliación.
- Si se alcanza un acuerdo, se firma un acta de conciliación que tiene fuerza ejecutiva.
- Efectos prácticos
- Suspensión del cómputo del plazo para la acción judicial.
- Generación de un acta que, en caso de no acuerdo, habilita la interposición de la demanda de extinción.
- Primera oportunidad para intentar una salida negociada y, en su caso, pedir la extinción del contrato laboral con un pacto previo.
Mi recomendación: acude con toda la documentación organizada. Presentar el expediente completo en el SMAC o SEMAC—aunque no se llegue a un acuerdo— refuerza tu posición al pedir la extinción del contrato laboral ante el Juzgado de lo Social.
Siguiendo estos tres pasos previos —recopilación de pruebas, requerimiento fehaciente y conciliación en el SMAC o SEMAC— llegarás a la demanda de extinción con un dossier sólido. Así, cuando presentes tu escrito solicitando pedir la extinción del contrato laboral, el tribunal valorará la contundencia de tu actuación y aumentarán tus posibilidades de obtener la indemnización y el reconocimiento de la extinción como un despido improcedente.

El procedimiento judicial: demanda y sentencia
Cuando el trabajador está listo para pedir la extinción del contrato laboral, arranca el mecanismo judicial ante el Juzgado de lo Social. Este proceso se articula en varias fases sucesivas: presentación de la demanda, admisión a trámite y fase probatoria, vista oral y, finalmente, sentencia. A continuación detallo cada paso para que conozcas exactamente cómo pedir la extinción del contrato laboral ante los tribunales y qué debes vigilar en cada etapa.
5.1 Presentación de la demanda
Para pedir la extinción del contrato laboral, el escrito de demanda debe presentarse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación del acta de conciliación sin acuerdo. Se tramita:
- Dónde: en el Juzgado de lo Social que corresponda al lugar de prestación de servicios.
- Cómo: a través de LexNet (plataforma electrónica) o de forma presencial en el registro de la oficina judicial.
- Documento necesario:
- Copia del acta de conciliación que acredite la falta de avenencia del SMAC.
- Escrito de demanda fundado en el artículo 50 ET, donde solicites expresamente pedir la extinción del contrato laboral y reclames indemnización y prestaciones.
- Relación de pruebas: documento que enumere las nóminas impagadas, comunicaciones, testigos y demás medios de prueba que acompañas.
Al pedir la extinción del contrato laboral, es crucial que la demanda se redacte con precisión: identifica claramente al demandante, al demandado, los hechos, los fundamentos jurídicos y las peticiones concretas (indemnización de 33/45 días por año trabajado, salarios de trámite, costas). No olvides numerar y referenciar cada prueba para facilitar la labor del juzgado.
5.2 Admisión a trámite y trámite de traslado
Una vez presentada la demanda para pedir la extinción del contrato laboral:
- El juzgado verifica requisitos formales y admite a trámite la demanda.
- Se da traslado a la empresa para que conteste en un plazo habitual de 10 días hábiles, aportando sus alegaciones y, si lo considera, sus propias pruebas.
- Puede solicitarse la práctica de prueba documental o testifical adicional.
Si la empresa no contesta o contesta de forma incompleta, tu demanda de pedir la extinción del contrato laboral sigue adelante con tu documentación y, en su defecto, con su silencio procesal.
5.3 Fase probatoria
En la fase probatoria, el Juzgado evalúa todas las pruebas aportadas al pedir la extinción del contrato laboral:
- Prueba documental: nóminas, extractos bancarios, burofaxes, correos electrónicos y contratos.
- Testigos: declaraciones de compañeros o supervisores que confirmen el impago, la falta de tareas o las modificaciones unilaterales.
- Pruebas periciales (si procede): informes de expertos en prevención de riesgos o peritos económicos para validar cálculos de indemnización.
Mi consejo de abogada es preparar con antelación la hoja de ruta probatoria, indicando en la demanda cuándo y cómo deseas que se practique cada prueba. Así, al pedir la extinción del contrato laboral, te aseguras de que el tribunal disponga de todo el material antes de la vista.
5.4 Vista oral
El acto de la vista es el momento clave para pedir la extinción del contrato laboral de forma oral ante el juez:
- Duración: suele oscilar entre 20 y 40 minutos.
- Intervención del trabajador: tu abogada expone brevemente los hechos (impagos, cambios, riesgos) y la fundamentación del art. 50 ET.
- Interrogatorio: el juez puede preguntar al trabajador y a los testigos sobre la gravedad, continuidad del incumplimiento y tu tolerancia.
- Valoración: se analiza si la empresa subsanó tras el requerimiento fehaciente y la frescura de los hechos.
Cuando asesoro a clientes que piden la extinción del contrato laboral, les insisto en relatar cada detalle con claridad, evitando dilaciones excesivas y acudiendo con la documentación bien ordenada. Un expositor seguro y conciso genera confianza y refuerza la petición de extinción.
5.5 Sentencia
Tras la vista, el Juzgado dicta sentencia que puede:
- Estimar la demanda y declarar la extinción del contrato laboral, fijando la indemnización (33 o 45 días/año) y, si procede, los salarios de trámite y las costas procesales.
- Desestimar la demanda si no se prueban los incumplimientos graves.
Plazo de resolución: legalmente, debe emitirse en un plazo de 15 días desde la celebración de la vista, aunque en la práctica puede alargarse hasta un mes.
La sentencia a favor de quien pide la extinción del contrato laboral es ejecutable de manera provisional desde su notificación, salvo que la parte demandada solicite y deposite la cuantía correspondiente (art. 111.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
5.6 Ejecución de la sentencia
Una vez firme la resolución que reconoce la extinción del contrato:
- Ejecución voluntaria: se comunica a la empresa para que abone voluntariamente la indemnización y prestaciones.
- Ejecución forzosa: si no paga, se solicita el embargo de bienes o cuentas bancarias de la empresa.
- Costas procesales: si solicitaste costas en la demanda, el tribunal podrá imponerlas a la empresa en caso de éxito de tu acción de extinción.
La ejecución de la sentencia garantiza que, tras pedir la extinción del contrato laboral, obtendrás las cantidades reconocidas sin esperar más de lo estrictamente necesario.
5.7 Recursos
Si la sentencia no te es favorable o no estás conforme con parte de lo resuelto, puedes interponer:
- Recurso de suplicación: ante el Tribunal Superior de Justicia de tu comunidad autónoma, en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación.
- Posible casación: ante el Tribunal Supremo, en casos de especial interés casacional o unificación de doctrina, sujetándose a los requisitos de la Ley de la Jurisdicción Social.
Al pedir la extinción del contrato laboral, evalúa con tu abogada la viabilidad de interponer recurso, para no descartar la vía de revisar puntos de derecho o valoración de la prueba.
Con este desglose detallado del procedimiento judicial, tienes una hoja de ruta clara para pedir la extinción del contrato laboral. Conocer cada fase, cumplir plazos y presentar las pruebas adecuadas te sitúa en la mejor posición para lograr que el Juzgado reconozca tu derecho a una salida digna, equiparable a un despido improcedente, y te garantice la indemnización y prestaciones que te corresponden.

Indemnización y acceso al desempleo
Cuando decides pedir la extinción del contrato laboral, no solo inicias un procedimiento judicial: te aseguras una compensación económica equiparable a la de un despido improcedente y mantienes el derecho al paro. A continuación, detallo con rigor cada uno de los conceptos indemnizatorios y prestaciones que conviene reclamar al pedir la extinción del contrato laboral, para que obtengas una salida verdaderamente digna y completa.
6.1 Cálculo de la indemnización al pedir la extinción del contrato laboral
Al pedir la extinción del contrato laboral, la indemnización se calcula conforme a los mismos parámetros que en el despido improcedente. Esto implica:
- Base de cálculo
- Salario regulador diario: suma tu salario bruto anual (incluyendo pagas extras prorrateadas) y divídelo entre 365 días.
- Días indemnizatorios: aplica 33 días por año trabajado si tu antigüedad es posterior al 12-02-2012, o 45 días por año si iniciaste tu relación laboral antes de esa fecha.
- Fórmula práctica Indemnización = Salario regulador diario × Días indemnizatorios × Años completos de servicio.
Por ejemplo, si tu salario regulador diario es 50 € y acumulaste 8 años de antigüedad posteriores a febrero de 2012, al pedir la extinción del contrato laboral resultarían:50 € × 33 días × 8 años = 13.200 €
- Tope legal
- 24 mensualidades para el tramo posterior a 2012.
- 42 mensualidades para el tramo anterior al 12-02-2012.
- Prorrateo de pagas extras y complementos
- Incluye pluses habituales (por turnos, transporte, productividad) en tu salario regulador.
- Si tienes pagas extraordinarias prorrateadas, asegúrate de que figuren en tu nómina habitual para que al pedir la extinción del contrato laboral no pierdas parte de la indemnización.
- Años y fracciones
- Solo contabilizan los años completos.
- Las fracciones de año se prorratean en proporción a los días trabajados.
Cuando asesoro a mis clientes que van a pedir la extinción del contrato laboral, reviso cada nómina y convenio colectivo para incluir correctamente todos los conceptos retributivos en la base reguladora.
6.2 Salarios de tramitación al pedir la extinción del contrato laboral
Aunque en la extinción por art. 50 ET no procede siempre, los salarios de tramitación pueden reclamarse al pedir la extinción del contrato laboral si existiera discriminación en el cese:
- Finalidad: cubrir el periodo desde la fecha de efectos de extinción (normalmente la de la demanda) hasta la sentencia firme.
- Limitación: solo se conceden en supuestos de nulidad (acoso, discriminación por género, ideológica o de salud).
Si al pedir la extinción del contrato laboral tu caso incluye elementos discriminatorios, incluye en la demanda la solicitud expresa de salarios de tramitación. De lo contrario, el juez solo fijará la indemnización principal.
6.3 Prestación por desempleo tras pedir la extinción del contrato laboral
Uno de los grandes atractivos al pedir la extinción del contrato laboral es conservar íntegramente tu derecho al paro:
- Naturaleza involuntaria
- La sentencia de extinción equipara tu cese al despido sin causa, por tanto, mantienes la prestación contributiva por desempleo.
- Requisitos formales
- Tener cotizados al menos 360 días en los últimos seis años.
- Inscribirte como demandante de empleo el día siguiente al de tu extinción (fecha de la sentencia).
- Procedimiento
- Solicita tu prestación en el SEPE aportando la copia de la sentencia que reconozca la extinción.
- No pierdes días de paro por la vía del artículo 50; al pedir la extinción del contrato laboral, tu paro empieza a computar en la fecha de la sentencia.
- Duración y cuantía
- La prestación contributiva se calcula en función de la base de cotización de los últimos 180 días trabajados.
- La duración varía según tu período de cotización: 120 días de paro por 360 a 539 días cotizados; hasta 720 días de paro si superas 2.160 días cotizados.
En mi despacho, coordino con el SEPE la recogida de la documentación para que, tras pedir la extinción del contrato laboral, mis clientes accedan al paro sin demoras ni denegaciones.
6.4 Cobertura por FOGASA al pedir la extinción del contrato laboral
Si la empresa carece de liquidez, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) actúa como garante parcial de tu indemnización al pedir la extinción del contrato laboral:
- Cuantía cubierta
- Hasta 30 días de salario por año trabajado.
- Tope de 12 mensualidades.
- Procedimiento
- Presenta en FOGASA la sentencia firme que reconozca la extinción y la indemnización.
- Incluye un certificado de insolvencia o un certificado de situación concursal de la empresa.
- Plazos
- FOGASA dispone de un plazo de 90 días para abonar las cantidades.
Cuando preparo a mis clientes para pedir la extinción del contrato laboral, siempre les explico cómo solicitar la cobertura de FOGASA para garantizar el cobro íntegro o parcial de la indemnización, sin depender de la caja de la empresa.
6.5 Reclamación de otros conceptos al pedir la extinción del contrato laboral
Además de la indemnización y el paro, al pedir la extinción del contrato laboral puedes incluir en tu demanda:
- Vacaciones no disfrutadas: calcula las días pendientes y reclámalos como cantidad debida.
- Pagas extras devengadas: si no están prorrateadas, detalla las pagas adeudadas.
- Horas extras: si realizaste horas extraordinarias no abonadas, incorpora su cálculo y documentación.
Integrar estos conceptos en la demanda de extinción asegura que, al pedir la extinción del contrato laboral, obtengas no solo la indemnización, sino también todas las cantidades accesorias que la ley te reconoce.
6.6 Buenas prácticas en el cobro tras pedir la extinción del contrato laboral
Para optimizar el resultado al pedir la extinción del contrato laboral, recomiendo:
- Revisar la sentencia: comprueba que el cálculo de días y la base reguladora sean correctos.
- Negociar la ejecución voluntaria: tras la sentencia, ofrece un plazo breve a la empresa para pago voluntario, antes de iniciar el embargo.
- Coordinar prestaciones: sincroniza la solicitud de paro con la firma de la sentencia para no perder ni un día de subsidio.
- Comunicar a la Seguridad Social: entrega el alta o baja en la Mutua correspondiente para evitar duplicidades en cotización.
Siguiendo estas pautas y pidiendo la extinción del contrato laboral con el asesoramiento preciso, conseguirás un cobro completo de la indemnización, tus derechos laborales y el acceso al desempleo sin sobresaltos.

Riesgos, falsos mitos y consejos prácticos
Antes de pedir la extinción del contrato laboral, conviene desmontar creencias equivocadas y conocer los riesgos reales, así como aplicar una serie de consejos prácticos que garanticen el éxito de tu demanda. A continuación, encontrarás un cuadro comparativo de los mitos más frecuentes y su realidad, seguido de un análisis de los riesgos al pedir la extinción del contrato laboral y recomendaciones concretas para preparar tu caso.
7.1 Mitos frecuentes al pedir la extinción del contrato laboral
Mito | Realidad |
---|---|
“Me voy y luego demando” | Abandonar el puesto antes de sentencia puede interpretarse como dimisión o dar pie a un despido disciplinario. Mantén tu puesto activo hasta que obtengas resolución judicial o acuerda formalmente una excedencia antes de pedir la extinción del contrato laboral. |
“Con un mes de retraso ya gano” | Un retraso puntual no basta. La STS 149/2024 exige al menos 3–4 meses de nóminas impagadas para fundamentar la gravedad necesaria al pedir la extinción del contrato laboral por impago. |
“El juez siempre restituye el teletrabajo” | La restitución del teletrabajo solo procede si era un derecho adquirido y esencial del contrato. En la mayoría de los casos, el juez concede indemnización, no readmisión. |
“Sin abogado es más barato” | Intentar pedir la extinción del contrato laboral sin asesoramiento especializado eleva el riesgo de errores formales o de valoración de pruebas, lo que puede causar la pérdida de la indemnización y el paro. |
“Si me despiden antes de presentar la demanda, pierdo” | Si la empresa te despide disciplinariamente justo antes de que presentes tu demanda para pedir la extinción del contrato laboral, en muchos casos tu despido puede ser declarado improcedente o nulo, con indemnización y paro, pero no es un sustituto automático de la extinción. |
“No puedo pedir extinción si existe convenio colectivo” | La existencia de un convenio no impide pedir la extinción del contrato laboral cuando la empresa incumple cláusulas esenciales del convenio (p.ej., tablas salariales, jornada o complementos). |
7.2 Riesgos reales al pedir la extinción del contrato laboral
Aunque pedir la extinción del contrato laboral es un derecho poderoso, también conlleva una serie de riesgos que debes considerar antes de iniciar el proceso:
- Costes y costas procesales
- Costes de abogado: contratar a una abogada laboralista especializada implica un desembolso inicial, pero reduce drásticamente el riesgo de errores al pedir la extinción del contrato laboral.
- Riesgo de costas: si la demanda se desestima por falta de pruebas, podrías ser condenado a pagar las costas procesales de la empresa. Una estrategia solvente al pedir la extinción del contrato laboral minimiza esta posibilidad.
- Demoras en el procedimiento
- El proceso completo (conciliación, demanda, vista y sentencia) puede durar 6–12 meses. Durante ese tiempo, no cobrarás nóminas ni indemnización, salvo que negocies un pago previo.
- Al pedir la extinción del contrato laboral, es crucial planificar tu estabilidad económica para afrontar los meses de espera.
- Recurso de la empresa
- Aunque consigas una sentencia favorable, la empresa puede interponer recurso de suplicación o incluso casación, lo que amplía los plazos.
- Es habitual que, al pedir la extinción del contrato laboral, la empresa intente dilatar el pago presentando recursos, por lo que conviene estar preparado para la fase de ejecución provisional.
- Tolerancia excesiva
- Si esperas demasiados meses sin reclamar, el juez podría considerar que toleraste los incumplimientos y restar fuerza a tu acción de pedir la extinción del contrato laboral.
- Actuar con cierta inmediatez —idealmente dentro de los 3–6 meses siguientes al primer hecho— refuerza tu credibilidad.
- Represalias encubiertas
- Aunque existan medidas de protección, en empresas pequeñas o sin división clara de RR. HH. la presión o la “frialdad” del ambiente puede intensificarse.
- Antes de pedir la extinción del contrato laboral, valora si necesitas solicitar medidas cautelares de tutela de derechos fundamentales para evitar acoso o despido disciplinario.
7.3 Consejos prácticos de abogada para pedir la extinción del contrato laboral
A continuación, encontrarás una serie de recomendaciones detalladas para reforzar tu solicitud de pedir la extinción del contrato laboral y afrontar el proceso con la máxima seguridad:
- Documenta cada incidencia con rigor
- Burofaxes: emplea siempre burofax o email certificado para reclamar impagos o cambios de condiciones. Un WhatsApp no tiene la misma fuerza probatoria.
- Registro cronológico: lleva un diario de incidencias con fechas exactas, testigos presentes y consecuencias concretas (por ejemplo, gastos añadidos por falta de teletrabajo).
- Organiza un dossier: numera cada documento y crea un índice que referenciarás en tu demanda al pedir la extinción del contrato laboral.
- Moviliza apoyos y testimonios
- Compañeros: si han sufrido situaciones parecidas, conviene unir fuerzas. Una demanda conjunta o la presentación de varios testigos multiplica tu potencial probatorio.
- Sindicatos: contar con el respaldo de un sindicato o asesoría laboral refuerza tu posición y reduce la sensación de aislamiento al pedir la extinción del contrato laboral.
- Planifica tu economía
- Proyección de gastos: calcula meses sin ingreso y ajusta tu presupuesto para cubrir vivienda, transporte y alimentación.
- Ahorro previo: intenta destinar parte de tu indemnización potencial o fondo de paro para hacer frente al periodo procesal tras pedir la extinción del contrato laboral.
- Solicita medidas cautelares
- Si temes represalias, tu abogada puede solicitar medidas cautelares de tutela de derechos fundamentales —por ejemplo, suspensión de despido disciplinario— antes de interponer la demanda.
- Estas medidas sirven para proteger tu situación mientras el juzgado decide sobre la extinción.
- Negocia antes de judicializar
- Muchos empresarios, al ver la demanda de pedir la extinción del contrato laboral, prefieren alcanzar un acuerdo extrajudicial que evite costas y publicidad negativa.
- Ofrece una negociación basada en las líneas del artículo 50 ET: indemnización de despido improcedente y pleno acceso al paro.
- Prepara tu exposición en la vista
- Ensaya con tu abogada la narración de los hechos: claridad, brevedad y concreción.
- Lleva copias ordenadas de tus pruebas y resalta en tu cuaderno de notas las fechas clave para citar al contestar las preguntas del juez.
- Revisa posibles convenios o acuerdos previos
- Asegúrate de que ningún pacto de no competencia o acuerdos de finiquito contrapongan tu capacidad para pedir la extinción del contrato laboral.
- Si firmaste un finiquito, valora su validez: finiquitos firmados bajo coacción pueden ser anulados para permitir la extinción.
Al pedir la extinción del contrato laboral, te enfrentas a un procedimiento con ventajas importantes (indemnización, paro, reconocimiento de incumplimiento empresarial), pero también con desafíos que requieren planificación. Desmontar falsos mitos, medir los riesgos reales y aplicar los consejos de esta guía mejoras tus probabilidades de éxito. Actuar con la asistencia de una abogada laboralista y respetar cada uno de estos pasos prácticos te permitirá transformar una situación de injusticia en una salida digna y compensatoria.

Reflexión final y recomendaciones para actuar con cabeza fría
Invocar el artículo 50 ET y pedir la extinción del contrato laboral es una decisión de gran calado. Como abogada laboralista, te recomiendo:
- Rigor: reúne pruebas exhaustivas desde el primer incumplimiento.
- Estrategia: diseña cada paso (requerimiento, conciliación, demanda) con asesoramiento profesional.
- Paciencia: el proceso judicial requiere tiempo, pero sitúa al trabajador en igualdad de condiciones que un despido improcedente.
He visto casos en los que trabajadores recuperaron 18 años de antigüedad con dignidad y otros que, al precipitarse, perdieron indemnización y paro. Por eso, si vas a pedir la extinción del contrato laboral, actúa con la calma y la previsión de quien sabe que, bien planteado, el artículo 50 ET es tu mejor defensa.