¿Qué pasa si no te autorizan vacaciones?
Guía práctica
Índice de contenido
Cuando no te autorizan vacaciones, lo primero es entender qué puedes exigir, qué plazos tienes y cómo documentarlo para ganar sin desgastarte. En mi caso, mi fórmula infalible fue simple: papeles, anticipación y buena fe. Y te anticipo algo que conviene tatuarse: las vacaciones no son un favor; son un derecho. Si no te autorizan vacaciones o te contestan tarde, aquí tienes la ruta corta para resolverlo sin perder el verano… ni el juicio.

Tu derecho a vacaciones, sin letra pequeña (art. 38 ET)
Qué significan 30 naturales/22 laborables y por qué no se “pagan”
Cada año te pertenecen 30 días naturales o 22 laborables de descanso retribuido. No se sustituyen por dinero (salvo fin de contrato). En mi experiencia, recordar esto por escrito evita el “ya veremos” típico cuando no te autorizan vacaciones. Consejo práctico: registra el cómputo que te queda y comunícalo junto a tus fechas.
Calendario y aviso con 2 meses: cómo te afecta en la práctica
La empresa debe publicar un calendario de vacaciones con 2 meses de antelación. Ni la empresa puede negar por sistema, ni yo puedo imponer fechas sin diálogo. Si la organización necesita ajustes, que los motive. Cuando no te autorizan vacaciones ignorando el calendario, pide la negativa por escrito y una alternativa.

¿Cuándo puede la empresa denegar tus fechas y qué debe ofrecer a cambio?
Causas organizativas reales y criterios objetivos
La denegación solo se sostiene con causas organizativas reales (picos de producción, coberturas mínimas, solapes críticos) y criterios objetivos previamente publicados. Si no te autorizan vacaciones con un “no” genérico, no vale. Yo suelo responder pidiendo: motivo concreto, periodo alternativo y responsable que decide.
Alternativas razonables y comunicación por escrito
Denegar implica proponer. Lo razonable: ofrecer ventanas cercanas, rotar preferencias, compensar cambios que generen perjuicios. Si no te autorizan vacaciones y además no ofrecen plan B, guarda ese silencio: es oro probatorio.

Si te las niegan: el procedimiento rápido del art. 125 LRJS
Plazos clave: 20 días hábiles y el límite de 2 meses
Existen dos escenarios:
- Te imponen fechas con las que no estás de acuerdo → 20 días hábiles desde la notificación para demandar.
- No hay acuerdo/No responden → puedes demandar hasta 2 meses antes del inicio del periodo que quieres.
Mini-timeline orientativo (España):
Día 0 solicitud → Día 7–10 recordatorio si no responden → Hasta -2 meses demanda si persiste el bloqueo → Señal de viaje: pide cautelares ya.
Cuando no te autorizan vacaciones, actuar dentro de plazo es la diferencia entre “disfrutas” y “te lo cuentan”.
Medidas cautelares si tienes viaje/reservas
Si ya tienes billetes o reservas, pide medidas cautelares al presentar la demanda. A mí me funcionó aportar localizadores, penalizaciones y el calendario. Cuando no te autorizan vacaciones a días de volar, las medidas cautelares evitan el daño y fuerzan una solución inmediata.

Silencio administrativo y “aceptación tácita”: lo que dice la jurisprudencia
Denegación expresa vs. tácita y sus efectos en un despido
Punto clave: denegación expresa (por escrito y motivada) ≠ silencio. Si no te autorizan vacaciones pero tú has pedido en tiempo y forma, conforme al calendario publicado y con una propuesta clara de fechas, el silencio prolongado puede jugar a tu favor. En determinados pronunciamientos, la ausencia de una denegación expresa y motivada ha pesado para considerar improcedente un despido por ausencias, precisamente porque la empresa no acreditó haber rechazado o reprogramado a tiempo la solicitud.
Ahora bien, “aceptación tácita” no significa carta blanca. Es una figura excepcional que depende de la prueba del caso concreto. Por eso, cuando no te autorizan vacaciones y tampoco contestan, mi enfoque es jurídico y prudente:
1) Construye el escenario de buena fe (paso a paso).
- Presenta tu solicitud por escrito, con registro o acuse, citando calendario y saldo de días.
- Si no te autorizan vacaciones ni te responden, envía recordatorio razonable (7–10 días después) reiterando fechas y pidiendo motivación concreta y alternativa.
- Si el silencio continúa, remite un aviso fehaciente final (burofax o e-mail certificado): indica que, ante la falta de denegación expresa, entenderás mantenidas las fechas salvo respuesta motivada antes de X (48/72 h).
- En paralelo —y esto es clave— activa el procedimiento del art. 125 LRJS y, si procede, pide medidas cautelares. Así no dependes solo de la “aceptación tácita” cuando no te autorizan vacaciones.
2) Qué mira un juez cuando alegas aceptación tácita.
- Solicitud válida: que pediste con antelación suficiente y según el calendario.
- Silencio mantenido: ausencia de respuesta por escrito pese a tus requerimientos.
- Coherencia organizativa: que tus fechas no chocan con picos críticos conocidos o que ofreciste alternativas.
- Buena fe: comunicaste todo con tiempo, avisaste de reservas y aportaste pruebas.
- Práctica previa de la empresa: si en años anteriores las aprobaciones se comunicaban tarde o por silencio, refuérzalo documentalmente.
3) Riesgos y límites (evita estos errores).
- Ausentarte sin haber dejado rastro documental sólido puede volverse en tu contra, incluso si no te autorizan vacaciones.
- Consta cualquier negativa verbal por escrito (un e-mail resumen tras la conversación). Si la empresa ya denegó y tú te vas igual, la “aceptación tácita” se desactiva.
- No confundas silencio con aprobación automática: la casuística manda. Por eso, si no te autorizan vacaciones y el tiempo apremia, no esperes: interpón la demanda de vacaciones y solicita cautelares si hay perjuicio económico inmediato.
4) Mini-checklist probatorio para este supuesto.
- Solicitud inicial (PDF/descarga del portal).
- Recordatorio y aviso fehaciente final con plazos.
- Calendario de vacaciones y criterios de rotación/turnos.
- Cualquier silencio, negativa genérica o cambio de versión.
- Reservas y gastos si ya hay viaje (para cautelares).
Mensaje práctico: cuando no te autorizan vacaciones y te dejan en silencio, el objetivo es forzar una definición: o aprueban, o proponen alternativa, o decide el juez. La “aceptación tácita” puede apoyar tu defensa si llegas a un conflicto (incluso en supuestos de despido por ausencias), pero la vía más segura sigue siendo documentar cada paso y activar el procedimiento especial a tiempo. Así mantienes la iniciativa y evitas que el silencio de la empresa te deje sin descanso… o sin argumentos.

Casos especiales que exigen reprogramar (IT, nacimiento y cuidado del menor, embarazo/lactancia)
Qué dice la ley (en claro)
- Embarazo, parto, lactancia y permiso por nacimiento y cuidado del menor: si coinciden con tus vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas después de ese periodo, aunque termine el año natural.
- Incapacidad temporal (IT) por otras causas: si la IT impide disfrutar en el año de devengo, podrás hacerlo al finalizar la IT, siempre que no hayan transcurrido 18 meses desde el 31 de diciembre del año en que se generaron (límite general de 18 meses).
- Si no te autorizan vacaciones al volver de un permiso protegido o de una IT, no las pierdes por sistema; se reprograman conforme a estas reglas.
Si no te autorizan vacaciones tras una IT o un permiso protegido: hoja de ruta
- Pide por escrito la reprogramación nada más recibir el alta o finalizar el permiso. Indica saldo de días, 2–3 rangos de fechas y cita el art. 38.3 del ET.
- Si no te autorizan vacaciones o la respuesta es genérica, solicita motivación concreta (causas organizativas reales) y una alternativa razonable cercana a tus rangos.
- Si hay silencio, envía requerimiento fehaciente (burofax o email certificado) dando 48/72 h para contestar.
- Si siguen sin definir y no te autorizan vacaciones, activa el procedimiento especial del art. 125 LRJS para que un juzgado fije las fechas con preferencia.
- Conserva pruebas: partes de baja y alta, solicitud inicial, recordatorios, calendario, negativas y, si procede, reservas y gastos (para pedir cautelares o daños).
Diferencias clave
- Embarazo/parto/lactancia y nacimiento y cuidado del menor → disfrute después del permiso, sin perder días por cambio de año.
- IT común → disfrute tras el alta, con tope de 18 meses desde el fin del año de devengo.
- En ambos casos, si no te autorizan vacaciones, la solución es reprogramar o que las fije el juzgado si no hay acuerdo.
Ejemplos prácticos para orientarte
- IT que pisa parte de tus vacaciones: tenías vacaciones del 15 al 30 de junio y estuviste de baja del 10 al 25. Al alta, pides reprogramar los días no disfrutados. Si no te autorizan vacaciones, pasas a requerimiento y, si hace falta, al procedimiento del art. 125 LRJS.
- Permiso por nacimiento y cuidado del menor en agosto: las vacaciones de agosto se desplazan al final del permiso, aunque ya sea otro año. Si no te autorizan vacaciones a la vuelta, recuerda que esta reprogramación no es opcional.
- Parto durante las vacaciones: interrumpes el descanso y reprogramas el resto al terminar la suspensión. Si no te autorizan vacaciones, exige nueva fecha por escrito y sigue la hoja de ruta.
Plantilla breve para pedir reprogramación
Asunto: Reprogramación de vacaciones pendientes
Hola,
Tras mi [alta médica / finalización del permiso por nacimiento y cuidado / embarazo-lactancia] el [fecha], solicito reprogramar [X días] de vacaciones generados en [año]. Propongo estas opciones: [rango 1], [rango 2], [rango 3].
Esta petición se ampara en el art. 38.3 ET (reprogramación tras IT/permiso). Agradezco confirmación por escrito o alternativa motivada.
Gracias, [Nombre].
Si no te autorizan vacaciones tras esta solicitud, remite el requerimiento fehaciente y prepara la demanda del art. 125 LRJS con toda la documentación.
Errores habituales que te pueden costar días
- Esperar sin escribir: si no te autorizan vacaciones y no dejas rastro, pierdes fuerza probatoria.
- No proponer ventanas: facilita alternativas; si la empresa alega organización, tú demuestras flexibilidad razonable.
- Olvidar el tope de 18 meses en IT común: controla el calendario para no salirte del límite.
- Confiar solo en llamadas: todo por escrito; resume por email cualquier conversación.
Tu mejor escudo si no te autorizan vacaciones: pruebas, plazos y propuestas claras.
Si no te autorizan vacaciones tras IT o permiso protegido: solicitud por escrito → motivación/alternativa → requerimiento → art. 125 LRJS.
Embarazo/parto/lactancia y nacimiento y cuidado: se disfrutan después, aunque cambie el año.
IT común: 18 meses desde el fin del año de devengo para disfrutarlas tras el alta.

Cambios de última hora: cuándo son legales y cómo reclamar daños
Cuándo puede la empresa cambiar unas vacaciones ya aprobadas
Un cambio solo es defendible si hay causa grave y sobrevenida (por ejemplo, un siniestro en el centro, una avería crítica que paraliza la actividad, una inspección inaplazable o una ausencia masiva e imprevista que impida la cobertura mínima). Incluso en esos casos, la empresa debe acreditar la causa, avisar con la máxima antelación, proponer alternativas reales y compensar los perjuicios.
Si no te autorizan vacaciones sin justificarlo o te las mueven a última hora sin causa sólida, la regla práctica es clara: pide mantener lo aprobado o indemnización completa por los daños que puedas probar. Cuando no te autorizan vacaciones y además no ofrecen alternativa, documenta cada paso: te pone en posición de reclamar con garantías.
Qué puedes reclamar si no te autorizan vacaciones o te las cambian
Cuando no te autorizan vacaciones o te las cambian en el último momento sin base, lo habitual es reclamar daños y perjuicios vinculados al cambio. En la práctica, los juzgados valoran gastos reales y demostrables. Ordena así tu reclamación:
- Gastos directos no reembolsables: billetes de avión/tren/autobús, hoteles/apartamentos, paquetes turísticos, excursiones o entradas con fecha.
- Sobrecostes por cambio: diferencias tarifarias por reprogramar vuelos/hoteles, penalizaciones de agencias, comisiones de gestión, tasas por cambio de nombre o fecha.
- Servicios vinculados: alquiler de coche, seguros de viaje no recuperables, visados, aparcamiento de aeropuerto, transporte al aeropuerto, cuidado de mascotas.
- Costes familiares: si viajáis varios, adjunta pruebas de cada viajero y el desglose por persona.
- Daño moral: solo en casos muy justificados (prueba reforzada); prioriza gasto directo + sobrecoste, que es lo que normalmente prospera.
Regla de cálculo práctica: Indemnización = (Gastos no recuperables + Sobrecostes por cambio) – (Devoluciones/bonos efectivamente obtenidos). Documenta cada cifra.
Pasos para reclamar (timeline accionable)
- Comunica por escrito que mantienes las fechas aprobadas o, si el cambio es inevitable, solicitas indemnización íntegra de los perjuicios acreditados. Indica que, si no te autorizan vacaciones, te reservas acciones para fijación judicial y reclamación de cantidad.
- Adjunta pruebas desde el primer mensaje (billetes, reservas, política de cancelación, penalizaciones previstas). Pide respuesta motivada en 48/72 h.
- Plan B: ofrece 2–3 ventanas alternativas cercanas si te interesa salvar el viaje; deja claro que los sobrecostes van a cargo de la empresa por el cambio sobrevenido.
- Requerimiento fehaciente (burofax o e-mail certificado) si no contestan o si la respuesta es genérica. Reitera que no te autorizan vacaciones sin causa grave y que reclamas daños.
- Acción judicial:
- Fijación de vacaciones por el procedimiento preferente si necesitas que un juez restituya fechas.
- Reclamación de cantidad por los daños económicos (puede plantearse de forma acumulada o separada, según convenga).
- Medidas cautelares si el viaje es inminente (buscan evitar el perjuicio mientras se decide).
- Negociación final: si la empresa ofrece bonos o vales, acepta solo si cubren el 100 % del perjuicio y no te obligan a renunciar al resto de derechos. Deja rastro escrito.
Documentos y facturas que debes guardar (dossier listo para imprimir)
Cuando no te autorizan vacaciones o te cambian fechas, tu mejor aliado es un expediente ordenado. Prepáralo así:
- Prueba de aprobación inicial: confirmación del portal, correo con sello de fecha o documento firmado.
- Comunicaciones del cambio: e-mails, mensajes internos o notificaciones con fecha y hora.
- Calendario de vacaciones y criterios de turnos: sirven para rebatir “causas” genéricas.
- Reservas y pagos: billetes, hoteles, excursiones, alquiler de coche, seguros (con condiciones de cancelación y política de reembolso).
- Penalizaciones y sobrecostes: justificantes de cambios de tarifa, recibos de penalización, comisiones de agencia, recargos por reemisión.
- Evidencias auxiliares: capturas de comparativas de precio el día del cambio (demuestran el sobrecoste), pantallazos del estado de la reserva, correos con proveedores.
- Índice económico: una hoja resumen con concepto → importe → justificante. Suma total y fórmula de cálculo.
- Un único PDF numerado (o carpeta con subcarpetas) para enviar a empresa y, si hace falta, al juzgado.
Plantilla breve para exigir mantenimiento o indemnización
Asunto: Cambio de vacaciones aprobadas — Solicitud de mantenimiento o indemnización
Hola,
El [fecha] se aprobaron mis vacaciones [fechas]. Hoy se me comunica un cambio de última hora sin causa grave acreditada.
- Solicito mantener las fechas aprobadas; o, si el cambio es ineludible,
- Solicito indemnización por los perjuicios acreditados: adjunto billetes, reservas y penalizaciones (importe total provisional: [€]).
Dado que no me autorizan vacaciones conforme a lo aprobado, pido respuesta motivada en 48 h con alternativas reales y confirmación del resarcimiento íntegro.
Gracias, [Nombre].
Señales de validez vs. señales de alarma
- Validez: causa grave concreta y documentada, aviso con tiempo razonable, alternativas cercanas, asunción de todos los sobrecostes y comunicación por escrito.
- Alarma: “no porque no”, cambio el día antes sin pruebas, sin alternativas, propuesta de “te lo pagamos y ya” sin detallar importes, o que no te autorizan vacaciones y te piden “re programar sin coste” (traspasándote el daño).
Consejos finos para maximizar la recuperación
- No canceles por tu cuenta antes de escribir a la empresa: primero exige mantenimiento o aceptación del coste; así no te discuten el nexo causal.
- Reclama solo el daño real: deduce lo reembolsado o bonificado; fortalece tu credibilidad.
- Pide confirmación por escrito antes de hacer cambios: si no te autorizan vacaciones, deja constancia de que el sobrecoste lo asume la empresa.
- Controla los plazos: no dejes enfriar el asunto; las acciones por cantidades tienen plazos limitados y cuanto más esperes, más difícil es probar.
Si no te autorizan vacaciones o te cambian a última hora sin causa grave y sin compensarte, no lo des por perdido. Con una solicitud firme, un dossier de pruebas y, si hace falta, acción judicial, es viable conservar tus fechas o recuperar los importes que el cambio te ha provocado.

Paso a paso si no te autorizan (con checklist y mini-plantillas)
Solicitud inicial por escrito (modelo básico)
Checklist rápido antes de enviar:
- Fechas y número de días que te quedan.
- Referencia al calendario y a cualquier prioridad objetiva (hijos en edad escolar, rotaciones).
- Petición de respuesta por escrito en X días.
Plantilla:
Asunto: Solicitud de vacaciones
Buenos días,
Solicito el disfrute de [XX días] de vacaciones del [fecha inicio] al [fecha fin], conforme al calendario publicado. Ruego confirmación por escrito y, en su caso, propuesta alternativa motivada.
Gracias, [Nombre], [Puesto], [Centro].
Si no te autorizan vacaciones con una negativa genérica, responde pidiendo motivos concretos y alternativas.
Requerimiento fehaciente y demanda
Cuando no te autorizan vacaciones o no contestan, pasa al requerimiento (burofax o email certificado).
Plantilla breve de requerimiento:
Asunto: Requerimiento sobre solicitud de vacaciones
En relación con mi solicitud de [fecha], al no haberse facilitado confirmación motivada, requiero respuesta por escrito en 48 horas con fundamentación organizativa y propuesta alternativa razonable. De no recibirla, ejerceré el procedimiento del art. 125 LRJS, solicitando medidas cautelares en su caso.
Si siguen sin mover ficha, presenta demanda de vacaciones. Yo suelo adjuntar: solicitud, recordatorios, calendario, organigrama o turnos, y pruebas de perjuicios si los hay. Si no te autorizan vacaciones y encima te cambian una aprobación previa, incorpora facturas y justificantes.

Tablas guía: qué hacer si no te autorizan vacaciones
1) Escenario → Acción → Plazos → Pruebas → Resultado esperado
| Escenario | Acción inmediata | Plazo clave | Pruebas/Documentos | Resultado objetivo |
|---|---|---|---|---|
| La empresa no responde a tu solicitud | Recordatorio por escrito + fija fecha deseada | Demanda hasta 2 meses antes del inicio del periodo | Solicitud inicial, recordatorio, calendario de vacaciones | Resolución judicial que fije fechas o acuerdo antes de juicio |
| Denegación sin motivo o genérica | Pide motivación concreta y alternativa razonable por escrito | Demanda si persiste (mismo límite de 2 meses antes) | Negativa recibida, petición de motivos, organigrama/turnos | Aprobación de fechas o propuesta alternativa válida |
| Te imponen fechas que no aceptas | Presenta demanda (procedimiento especial) | 20 días hábiles desde la notificación | Notificación de la empresa, tu propuesta previa | Modificación de fechas conforme a derecho |
| Tienes viaje/reservas ya pagadas | Demanda + medidas cautelares | Con la demanda | Localizadores, facturas, penalizaciones | Autorización cautelar o rápida reprogramación |
| Cambio de última hora de vacaciones ya aprobadas | Requerimiento de mantenimiento o indemnización | Inmediato | Aprobación inicial, correo del cambio, gastos | Mantener fechas o resarcimiento por daños |
| Coincide con IT durante vacaciones | Solicita reprogramación | Hasta 18 meses desde fin de año de devengo (habitual) | Partes médicos, calendario | Nuevas fechas de disfrute |
| Nacimiento y cuidado del menor / embarazo / riesgo | Reprogramación obligatoria | Según normativa interna y plazos ampliados | Resoluciones de permiso, certificados | Nuevas fechas sin pérdida de días |
| ERTE suspensión | No se generan días por el periodo suspendido | — | Resolución ERTE | Cómputo correcto de saldo |
| ERTE reducción | Sí genera días proporcionalmente | — | Resolución ERTE, nóminas | Disfrute proporcional pactado |
| Fin de contrato con días pendientes | Liquidación en finiquito | En el finiquito | Vida laboral, recibo de finiquito | Pago de vacaciones no disfrutadas |
2) Procedimiento especial (art. 125 LRJS) — hoja rápida
| Situación procesal | ¿Cuándo demandar? | ¿Desde cuándo cuenta? | Qué pides al juzgado | Nota práctica |
|---|---|---|---|---|
| Te imponen fechas | 20 días hábiles | Día de la notificación | Fijación de fechas/adecuación | No dejes pasar fines de semana festivos: no cuentan |
| No hay acuerdo o silencio | Hasta 2 meses antes del inicio | Tu fecha deseada marcada en solicitud | Fijación de fechas | Adjunta calendario y tus recordatorios |
| Viaje/reservas | Con la demanda | — | Medidas cautelares | Aporta pruebas de perjuicio económico |
3) Denegar vs. no denegar: criterios claros
| Válido para denegar | No válido para denegar |
|---|---|
| Picos de producción demostrables | “No porque no” o sin motivación |
| Coberturas mínimas con criterios publicados | Compensar “en dinero” durante la relación |
| Solapes críticos acreditados | Retrasar indefinidamente el disfrute |
| Calendario/rotaciones pactadas | Cambiar fechas aprobadas sin causa grave ni compensación |
4) Reprogramación obligatoria (supuestos protegidos)
| Supuesto | ¿Se reprograma? | Plazo orientativo | Qué adjuntar |
|---|---|---|---|
| IT durante vacaciones | Sí | Hasta 18 meses desde fin de año de devengo (habitual) | Partes IT |
| Nacimiento y cuidado del menor | Sí | Según calendario y normativa aplicable | Resolución del permiso |
| Embarazo / riesgo / lactancia | Sí | Id. | Informe médico/empresa |
| Coincidencia con ERTE suspensión | No hay devengo esos días | — | Resolución ERTE |
| ERTE reducción | Devengo proporcional | — | Resolución ERTE, nóminas |
5) Checklist probatoria (guárdalo todo)
| Prueba | Para qué sirve | Cómo conseguirla |
|---|---|---|
| Solicitud de vacaciones (email/portal) | Acreditar petición en tiempo y forma | Exporta a PDF |
| Calendario oficial | Demostrar reglas previas | Descarga del intranet |
| Negativa/ silencio | Mostrar falta de motivación | Email + acuse/registro |
| Turnos/organigrama | Rebatir “causas” genéricas | Capturas del planificador |
| Reservas y gastos | Medidas cautelares/daños | Facturas, billetes, penalizaciones |
| Aprobación inicial | Reclamar por cambio unilateral | Email/portal con sello de fecha |
6) Mini-plantillas ultra-cortas (copia/pega)
| Objetivo | Texto clave |
|---|---|
| Solicitar vacaciones | «Solicito [X días] del [inicio] al [fin] conforme al calendario. Ruego confirmación por escrito o alternativa motivada.» |
| Pedir motivación | «¿Podéis indicar causa organizativa concreta y criterios objetivos? Propongo estas alternativas: [fechas].» |
| Requerimiento fehaciente | «Ante la falta de respuesta motivada, requiero contestación en 48 h. En caso contrario ejercitaré el procedimiento del art. 125 LRJS.» |
| Cambio de última hora | «Solicito mantener las fechas aprobadas o, en su defecto, indemnización por los perjuicios acreditados (adjunto facturas).» |
Con estas tablas localizas en segundos qué hacer, cuándo hacerlo y qué probar. Si no te autorizan vacaciones, combina acción escrita, plazos y pruebas: es la vía más rápida para conseguir tus días o, en su defecto, una solución con garantías.

Dudas rápidas
¿Pueden obligarme a coger días sueltos por cierre?
No sin acuerdo. Las vacaciones se pactan. Si intentan “gastar” tus días por un cierre unilateral y además no te autorizan vacaciones en tu periodo preferido, pide por escrito el criterio objetivo y ofrece alternativas.
¿Puedo guardar días para el año siguiente?
Solo si lo permite el convenio o hay acuerdo. Si coincidieron IT o permisos protegidos, podrás reprogramar incluso más allá del año natural. Úsalo si no te autorizan vacaciones en el tramo que necesitas.
¿Qué ocurre en el finiquito si me quedan vacaciones?
Se pagan las pendientes (cotizan y tributan). Esto no legaliza que durante el contrato no te autorizan vacaciones; es una liquidación final, no un cambio de naturaleza del derecho.

Conclusión
En resumen, el derecho a vacaciones es irrenunciable, se pacta con antelación y solo puede limitarse por causas organizativas reales y motivadas. Si no te autorizan vacaciones, pide siempre una respuesta por escrito con alternativa razonable y guarda todo: solicitud, calendario, turnos, negativas, y —si hay viaje— reservas y penalizaciones.
Plan de acción esencial:
(1) Solicita por escrito con 2–3 ventanas de fechas.
(2) Ante silencio o negativa genérica, envía requerimiento fehaciente.
(3) Si te imponen fechas, demanda en 20 días hábiles; si no responden, demanda hasta 2 meses antes del inicio.
(4) Cuando haya reservas, pide medidas cautelares.
(5) En IT, nacimiento y cuidado del menor, embarazo o lactancia, exige reprogramación (tope general de 18 meses tras el año de devengo para IT común).
(6) Si cambian a última hora sin causa grave, reclama daños y perjuicios con todas las facturas.
Actúa con buena fe y método: documenta, propone, exige motivación y escala solo cuando toque. Si no te autorizan vacaciones después de seguir estos pasos, el procedimiento especial te permite fijar fechas con prioridad y recuperar el coste de los cambios.
Y recuerda: cuando no te autorizan vacaciones, la combinación de plazos, pruebas y solicitudes claras es la vía más corta para disfrutar tus días sin sustos.
